VEEDURIA CIUDADANA PARA EL SISTEMA GENERAL DE RIESGOS PROFESIONALES (LABORALES)

Se informa a todos los actores del Sistema General de Riesgos Profesionales (LABORALES) de la existencia, la vigencia y la actuación de la Veeduría Ciudadana para el SGRL. , en cabeza del Dr. Carlos Arturo Grisales Rojas, medico cirujano, Magister en Salud Ocupacional de la Universidad del Valle, que desde el año 2001 es el Veedor Delegado para el Sistema General de Riesgos Profesionales (Laborales) y para el Consejo Nacional de Riesgos Profesionales (Laborales). El Dr. Grisales es el presidente de la Veeduría Ciudadana para la Seguridad Social Integral Proseso (pro- Seguridad Social) creada en la ciudad de Cali en PROMEDICO Fondo de Médicos de Colombia el 1 de febrero del 2001 y registrada en la Personería Municipal de Cali con el registro # 45.


La misión de la Veeduría Proseso es realizar el control Social al Sistema de Seguridad Social Integral en todos sus regímenes: Salud, Pensiones, Riesgos Profesionales (Laborales) y Servicios Complementarios, la visión: Hacer veeduria preventiva al mas alto nivel donde se planea, decide y administra el Sistema de Seguridad Social, crear una Red de Veedurías para cada Sistema, con el fin de tener una vigilancia y un control que hagan más eficiente y justa la Seguridad Social, promocionado y gestionando una Cultura Ciudadana de Participación, velando porque en el caso del SGRP. este cumpla con los principios y las reglas del fundamento del servicio publico en Seguridad Social y el objeto y los objetivos planteados en la ley 100 de 1993 y particularmente en cada uno de sus regímenes.


El contacto con el Veedor Delegado para el Sistema General de Riesgos Profesionales (Laborales) para conocer mayores detalles sobre las actuaciones de la Veeduría, para formar parte de la Red o para poner en conocimiento irregularidades en el SGRL. puede hacerse en:


http://pro-seguridadsocial.blogspot.com, y el e-mail proseguridadsocial@gmail.com . cel. 3113725288


lunes, 18 de marzo de 2024

SINDROME DE HUBRIS.

 En 2008, el neurólogo, miembro de la cámara de los lores y excanciller británico David Owen publicó un libro [3] en el que, atraído por el comportamiento y el perfil psicológico de ciertos políticos (parlamentarios, dictadores…), acuña el término ‘síndrome de hubris’ (SH) para describir a los mandatarios que creen estar llamados a realizar grandes obras; muestran tendencia a la grandiosidad y la omnipotencia y son incapaces de escuchar, mostrándose impermeables a las críticas. Owen analiza el comportamiento de políticos como Roosevelt, Ariel Sharon, el sha de Irán, Bush, Blair, etc., y dedica un capítulo a las medidas de protección democrática contra los gobernantes con SH. Para Owen, el SH está indisolublemente unido al poder y alimentado por el éxito. Lo describe como un trastorno adquirido y reversible (puede remitir al desaparecer el poder).

En 2009, el propio David Owen y el psiquiatra Jonathan Davidson [4] proponen que el SH sea contemplado como un nuevo trastorno psiquiátrico, un cluster de síntomas que conforman un síndrome fácilmente reconocible. Recogen los 14 síntomas que lo caracterizan (Tabla), de los cuales cinco son específicos (únicos) del SH. Los demás son similares a los recogidos por el Manual diagnóstico y estadístico de los trastornos mentales (DSM) sugestivos de otros trastornos de la personalidad: antisocial (criterio 11), histriónico (criterio 14) y, sobre todo, narcisista (criterios 1-4 y 7-9). Para llegar al diagnóstico de SH se necesita la presencia de al menos tres de los 14 criterios y al menos uno de los únicos. Establecen como criterio de exclusión que no debe coexistir ninguna otra enfermedad orgánica o psiquiátrica que justifique la existencia de dichos síntomas.

Tabla. Síntomas del síndrome de ‘hubris’ en líderes políticos [4].
1. Propensión narcisista a ver el mundo como un escenario donde ejercitar el poder y buscar la gloria
2. Tendencia a realizar acciones para autoglorificarse y ensalzar y mejorar su propia imagen
3. Preocupación desmedida por la imagen y la presentación
4. Modo mesiánico de hablar sobre asuntos corrientes y tendencia a la exaltación
5. Identificación con la nación, el estado y la organización
6. Tendencia a hablar de sí mismo en tercera persona y usar la forma regia de nosotros
7. Excesiva confianza en su propio juicio y desprecio por el de los demás
8. Autoconfianza exagerada, tendencia a la omnipotencia
9. Creencia de que no deben rendir cuentas a sus iguales, colegas o a la sociedad, sino ante cortes más elevadas: la historia o Dios
10. Creencia firme de que dicha corte les absolverá
11. Pérdida de contacto con la realidad: aislamiento progresivo
12. Inquietud, imprudencia, impulsividad
13. Convencimiento de la rectitud moral de sus propuestas ignorando los costes
14. Incompetencia ‘hubrística’ por excesiva autoconfianza y falta de atención a los detalles
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jueves, 25 de enero de 2024

RESPONSABILIDAD DE ACEPTAR CONTROL SOCIAL (VEEDURIA) DE LAS NSTITUCIONES PUBLICAS QUE MANEJAN RECURSOS PUBLICOS Y PRESTAN SERVICIO PUBLICO




LAS INSTITUCIONES PUBLICAS QUE MANEJAN RECURSOS PUBLICOS DEBE ACEPTAR VIGILANCIA Y CONTROL CIUDADANO, EL IMPEDIMENTO O LA NEGACION A ACEPTAR ESE CONTROL ESTABLECIDO EN EL ART. 240 DE LA CONSTITUCION  Y LA LEY DE VEEDURIAS CIUDADANAS PARA EL  CONTROL Y VIGIALNCIA  LA GESTION PUBLICA Y DE LA  TRANSPARENCIA, ES UN DELITO. 

EN EL CASO DE LAS INSTITUCIONES QUE PRESTAN EL SERVICIO O ADMINISTRAN  LA  SEGURIDAD SOCIAL,  "APLICA ESPECIALMENTE" YA QUE SUS DINEROS SON "DINEROS PARA FISCALES" DE DESTINACION EXCLUSIVA PARA LA SEGURIDAD SOCIAL.  ESTO INCLUYE: EMPRESAS PROMOTORAS DE SALUD EPS, FONDOS DE PENCIONES FP. Y ADMINISTRADORAS DE RIESGOS LABORALES ARL. Y LAS INSTITUCIONES QUE DIRIGEN LOS DIFERENTES SISTEMAS, COMO LA DGRL. (DIRECCCION GENERAL DE RIESGOS LABORALES).