El Ministerio del Trabajo en ejercicio de su facultad de inspección, vigilancia y control, impuso una multa de tres mil (3.000) salarios mínimos, correspondiente a la suma de mil ochocientos cuarenta y ocho ($1.848) millones a cada una de las empresas (GECOLSA S.A y DIMANTEC LTDA), por haberse comprobado una tercerización laboral que no se encuentra permitida por la legislación laboral colombiana.
VEEDURIA CIUDADANA PARA EL SISTEMA GENERAL DE RIESGOS PROFESIONALES (LABORALES)
Se informa a todos los actores del Sistema General de Riesgos Profesionales (LABORALES) de la existencia, la vigencia y la actuación de
La misión de
El contacto con el Veedor Delegado para el Sistema General de Riesgos Profesionales (Laborales) para conocer mayores detalles sobre las actuaciones de
http://pro-seguridadsocial.blogspot.com, y el e-mail proseguridadsocial@gmail.com . cel. 3113725288?xml:namespace>
miércoles, 30 de abril de 2014
SANCION POR TERCERIZACION LABORAL ILEGAL
El Ministerio del Trabajo en ejercicio de su facultad de inspección, vigilancia y control, impuso una multa de tres mil (3.000) salarios mínimos, correspondiente a la suma de mil ochocientos cuarenta y ocho ($1.848) millones a cada una de las empresas (GECOLSA S.A y DIMANTEC LTDA), por haberse comprobado una tercerización laboral que no se encuentra permitida por la legislación laboral colombiana.
martes, 29 de abril de 2014
ESTUDIOS TECNICOS Y FINANCIEROS SOBRE LA SOSTENIBILIDAD DEL SISTEMA GENERAL DE RIESGOS LABORALES
La doctora Andrea Torres Matiz, Directora de Riesgos Laborales, del Ministerio del Trabajo, tiene el gusto de invitarlo a participar en la teleconferencia, que se llevará a cabo el día 8 de Mayo de 2014, de 2:00 p.m., a 6:00 p.m., con el fin de recibir sus observaciones y comentarios En el marco del desarrollo del proyecto cuyo objeto es “Realizar los estudios técnicos y financieros sobre la sostenibilidad del Sistema General de Riesgos Laborales –SGRL que contenga los criterios y análisis necesarios con el propósito de definir:
1. Adoptar la tabla de cotizaciones mínimas y máximas para cada clase de riesgo.
2.Fijar el monto de variación hasta el 3% del total de la cotización que se destinará para el Fondo de Riesgos Laborales.
Esta teleconferencia será emitida a través de la Dirección del SENA en los diferentes puntos:
Bogotá
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Dirección General, Calle 57 No.8-69
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Barranquilla
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:
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Carrera 43 No.42-40
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Bucaramanga
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Regional Santander 137
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Medellín
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:
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Calle 51 No.57-70
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Cali
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Regional Valle 158 Calle 52 No.2 Bis -15
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Cordialmente,
Claudia Lucia Ospina Riaño
Técnico Administrativo
Ministerio del Trabajo
Teléfono: 4893900/3100 ext. 7095