VEEDURIA CIUDADANA PARA EL SISTEMA GENERAL DE RIESGOS PROFESIONALES (LABORALES)

Se informa a todos los actores del Sistema General de Riesgos Profesionales (LABORALES) de la existencia, la vigencia y la actuación de la Veeduría Ciudadana para el SGRL. , en cabeza del Dr. Carlos Arturo Grisales Rojas, medico cirujano, Magister en Salud Ocupacional de la Universidad del Valle, que desde el año 2001 es el Veedor Delegado para el Sistema General de Riesgos Profesionales (Laborales) y para el Consejo Nacional de Riesgos Profesionales (Laborales). El Dr. Grisales es el presidente de la Veeduría Ciudadana para la Seguridad Social Integral Proseso (pro- Seguridad Social) creada en la ciudad de Cali en PROMEDICO Fondo de Médicos de Colombia el 1 de febrero del 2001 y registrada en la Personería Municipal de Cali con el registro # 45.


La misión de la Veeduría Proseso es realizar el control Social al Sistema de Seguridad Social Integral en todos sus regímenes: Salud, Pensiones, Riesgos Profesionales (Laborales) y Servicios Complementarios, la visión: Hacer veeduria preventiva al mas alto nivel donde se planea, decide y administra el Sistema de Seguridad Social, crear una Red de Veedurías para cada Sistema, con el fin de tener una vigilancia y un control que hagan más eficiente y justa la Seguridad Social, promocionado y gestionando una Cultura Ciudadana de Participación, velando porque en el caso del SGRP. este cumpla con los principios y las reglas del fundamento del servicio publico en Seguridad Social y el objeto y los objetivos planteados en la ley 100 de 1993 y particularmente en cada uno de sus regímenes.


El contacto con el Veedor Delegado para el Sistema General de Riesgos Profesionales (Laborales) para conocer mayores detalles sobre las actuaciones de la Veeduría, para formar parte de la Red o para poner en conocimiento irregularidades en el SGRL. puede hacerse en:


http://pro-seguridadsocial.blogspot.com, y el e-mail proseguridadsocial@gmail.com . cel. 3113725288


lunes, 5 de marzo de 2012

ESCISION DEL MINISTERIO DE PROTECCION SOCIAL



EL MINISTERIO DE PROTECCION SOCIAL SE ESCINDE EN 2 MINISTERIOS: MINISTERIO DE TRABAJO, Y MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCION SOCIAL.
 
 
El número de Ministerios es dieciséis (16). La denominación, orden y precedencia de los Ministerios es la siguiente: segun la ley 1444 de 2011

1. Ministerio del Interior.
2. Ministerio de Relaciones Exteriores.
3. Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
4. Ministerio de Justicia y del Derecho.
5. Ministerio de Defensa Nacional.
6. Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural.

7. MINISTERIO DE SALUD  Y  DE PROTECCION SOCIAL.
8. MINISTERIO DE TRABAJO. 

9. Ministerio de Minas y Energía.
10. Ministerio de Comercio, Industria y Turismo.
11. Ministerio de Educación Nacional.
12. Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible.
13. Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio.
14. Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.
15. Ministerio de Transporte.
16. Ministerio de Cultura.

EN VIRTUD DE LA LEY 1444 DE 2011, ARTICULO 7, SE REORGANIZA EL MINISTERIO DE PROTECCION SOCIAL EL CUAL SE ESCINDE Y SE CREA EL MINISTERIO DEL TRABAJO.

ADEMAS EN EL LITERAL C. ARTICULO 18 DE LA MISMA LEY SE CONFIEREN FACULTADES EXTRAORDINARIAS PARA FIJAR LOS OBJETIVOS Y ESTRUCTURA DE LOS MINISTERIOS REORGANIZADOS Y PARA INTEGRAR LOS SECTORES ADMINISTRATIVOS, FACULTAD QUE SE EJERCERA EN EL MINISTERIO DEL TRABAJO.

SEGUN LAS FACULTADES OTORGADAS POR EL ARTICULO 18 DE LA LEY 1444 DE 2011, EL DECRETO 4108 DE 2011, EN EL CAPITULO SEGUNDO "DE LA ESTRUCTURA Y FUNCIONES DE SUS DEPENDENCIAS" UBICA A LA DIRECION DE RIESGOS PROFESIONALES INTEGRANDO LA ESTRUCTURA DEL DESPACHO DEL VICEMINISTRO DE RELACIONES LABORALES E INSPECCION, Y EN EL ARTICULO 23 PRECISA LAS FUNCIONES DE LA MISMA

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