VEEDURIA CIUDADANA PARA EL SISTEMA GENERAL DE RIESGOS PROFESIONALES (LABORALES)
Se informa a todos los actores del Sistema General de Riesgos Profesionales (LABORALES) de la existencia, la vigencia y la actuación de
La misión de
El contacto con el Veedor Delegado para el Sistema General de Riesgos Profesionales (Laborales) para conocer mayores detalles sobre las actuaciones de
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lunes, 18 de mayo de 2009
LUCHA CONTRA EL TABACO EN COLOMBIA, REFLEXION
Realidad / Reflexión
AVANZAMOS EN LA LUCHA ANTITABACO, NO LO SUFICIENTE, ES RESPONSABILIDAD DEL ESTADO Y LOS LEGISLADORES CUMPLIR CON EL CONVENIO DE LA OMS. PARA EL CONTROL DEL TABACO
El Estado Colombiano tiene la obligación Constitucional de de proteger la salud publica, además el compromiso con la OMS. de cumplir con la adopción del “Convenio Marco de la Organización Mundial de la Salud, OMS. para el control del Tabaco”.
El éxito de esta la lucha, en cada país, contra el tabaquismo dependerá del compromiso político de sus gobernantes en el aplicado cumplimiento del Convenio de la OMS.
Colombia, se encuentra haciendo la tarea, pero, sin embargo, es uno de los países con mas atraso en la lucha anti tabaquica, a pesar de haber adoptado el Convenio Marco de la Organización Mundial de la Salud, OMS. para el control del tabaco, hecho en Ginebra el 21 de mayo del 2003, de haber expedido la Ley 1009 de 2006 aprobatoria del Convenio, y de reglamentar esta Ley con la Resolución 01956 del 30 de mayo del 2008.
Llama la atención la circunstancia que para poder tener vigencia y validez el Convenio de la OMS. y la Ley 1009 del 2006 se debió esperar que la sentencia C-665 del 29 de agosto de 2007 declarara exequible el Convenio, al que pretendían declarar inexequible alegando vicios de tramite y de inconstitucionalidad, y la Ley 1109 de 2006 que la adopto a nivel interno, el atraso fue del 27 de diciembre del 2006 fecha en que se aprobó el convenio al 10 de abril del 2008 fecha en que el Estado Colombiano hace, por fin, legalmente parte del mencionado convenio.
El 8 de mayo del 2007 presentan un Derecho de Petición al Presidente de la Republica haciendo las siguientes peticiones con el fin de prevenir y controlar el tabaquismo en Colombia
Establecer una norma jurídica, en un plazo no mayor a 6 meses, y hacerla cumplir, que regule:
1. La obligatoriedad a las compañías tabacaleras que venden sus cigarrillos en el país de informar al gobierno y a la comunidad en general sobre la composición completa y exacta de las sustancias químicas que contienen los cigarrillos, su humo y sus efectos tóxicos para la salud.
2. Un Sistema de Evaluación exhaustivo, por parte del Ministerio de Salud, sobre los riesgos y daños sobre la salud de estas sustancias, compuestos y productos del tabaco.
3. El establecimiento de una Base de Datos, sobre estas sustancias, compuestos y productos de tabaco, público y accesible a los ciudadanos.
4. La obligatoriedad de las compañías tabacaleras de informar en cada cajetilla de tabaco la composición exacta y completa de las sustancias y compuestos químicos que contienen los cigarrillos, así como los riesgos y los daños asociados, de manera sencilla y grafica para que impacte en cualquier grupo de población aunque su nivel educativo sea bajo, ocupando, el grafico, no menos del 30% del área del empaque.
5. La obligatoriedad del Estado de realizar campañas permanentes para la prevención del hábito de fumar y sus consecuencias para la salud, incluyendo informaciones programas escolares sobre los daños del tabaco en la salud.
6. Establecer un porcentaje del rubro de impuesto que las tabacaleras pagan al Estado y que es destinado a la salud de los colombianos, para actividades específicas de promoción de no fumar y para la prevención del tabaquismo.
El 17 de septiembre del 2007 la respuesta fue la información del traslado de la petición a la Viceministro de Salud del Ministerio de Protección Social de acuerdo a lo ordenado por el Art. 33 del Código Contencioso Administrativo.
El 25 de Octubre del 2007 la Dirección General de Salud Publica responde que en la Resolución que reglamentara la Ley (01956 del 2008) se incluirá el tema peticionado y que se atenderán las propuestas presentadas.
La Resolución 01956 del 2008 de las múltiples acciones y estrategias que propone el Convenio, contempla básicamente: la prohibición de fumar en espacios públicos, y las actividades de promoción y prevención que deben desarrollar el Sistema de Seguridad Social en Salud y el Sistema General de Riesgos Profesionales y con sorpresa constato que no tiene en cuenta las peticiones realizadas a pesar de figurar en el Convenio de la OMS.
Las decisiones de la Resol. 01956 del 2008 son muy importantes en la lucha contra el tabaco, sin duda, pero no suficientes para evitar el impacto del tabaquismo en la salud de las personas.
Si se aprobó el Convenio creo que las acciones deben ser menos tímidas, más agresivas y oportunas, ellas deben comprometer, mas, a quienes generan el Riesgo y necesitan de mayor voluntad y decisión política del Estado quien es el que tiene la responsabilidad de cumplir con el Convenio de la OMS. y con el mandato Constitucional de velar por la Salud Publica.
Son cientos de enfermedades, de enfermos, de discapacidades y muertes probadamente ocasionadas por los efectos de fumar, con altísimos costos económicos y sociales par el Pais que podrían evitarse, y que dependen de la decisión política del Estado y sus dirigentes.
No veo porque ?, el Estado Colombiano espera, para tomar todas las decisiones y acciones necesarias propuestas en el Convenio de la OMS.,si acepta, en la Ley 01109 de 2006:
La responsabilidad constitucional de proteger la salud pública.
La epidemia de tabaquismo es un problema mundial con graves consecuencias para la salud pública.
El aumento del consumo y de la producción de cigarrillos y otros productos de tabaco en el mundo entero, particularmente en los países en desarrollo.
La ciencia ha demostrado inequívocamente que el consumo de tabaco y la exposición al humo de tabaco son causas de mortalidad, morbilidad y discapacidad, y que las enfermedades relacionadas con el tabaco no aparecen inmediatamente después de que se empieza a fumar o a estar expuesto al humo de tabaco, o a consumir de cualquier otra manera productos de tabaco.
Los cigarrillos y algunos otros productos que contienen tabaco están diseñados de manera muy sofisticada con el fin de crear y mantener la dependencia, que muchos de los compuestos que contienen y el humo que producen son farmacológicamente activos, tóxicos, mutágenos y cancerígenos, y que la dependencia del tabaco figura como un trastorno aparte en las principales clasificaciones internacionales de enfermedades.
La exposición prenatal al humo de tabaco genera condiciones adversas para la salud y el desarrollo del niño.
El importante aumento del número de fumadores y de consumidores de tabaco en otras formas entre los niños y adolescentes en el mundo entero, y particularmente por el hecho de que se comience a fumar a edades cada vez más tempranas.
El impacto de todas las formas de publicidad, promoción y patrocinio encaminadas a estimular el consumo de productos de tabaco.
y considera en la Resolución 01956 de mayo 30 del 2008 que:
El humo de cigarrillo contiene alrededor de 4.000 compuestos tóxicos de los cuales 60 son cancerígenos en humanos entre ellos el cadmio, los bencenos, amoníaco, benzopireno, cianuro de hidrógeno, restos de plomo y arsénico.
Según la OMS, a nivel mundial, el consumo de tabaco es la causa del 30% del total de enfermedades cardiovasculares, el 80% de todas las enfermedades pulmonares obstructivas crónicas, el 90% del cáncer de pulmón y el 30% de todos los otros tipos de cáncer.
En Colombia diariamente mueren cerca de 68 personas por enfermedades relacionadas con el consumo de tabaco y sus derivados.
Que la Agencia de los Estados Unidos para la protección del medio ambiente –EPA clasificó la exposición al humo de tabaco presente en el ambiente como carcinogénico del grupo A (comprobado como causa de cáncer en el ser humano) a los niveles ambientales tipicos.
Que de acuerdo con el artículo 2º de la Constitución Política, las autoridades de la República están instituidas para proteger a todas las personas residentes en Colombia, en su vida, honra, bienes, creencias y demás derechos y libertades, y para asegurar el cumplimiento de los deberes sociales del Estado y de los particulares.
Cuando se trata de salvar vidas, hay la responsabilidad de hacer todo lo necesario y posible, y de manera oportuna.
Recordemos que en Colombia cada día que pasa mueren 68 personas por causas relacionadas con el habito de fumar, ¿Cuantas mas deberán seguir muriendo ? y ¿ Cuantas enfermedades y muertes podríamos evitar aplicando todas las estrategias y herramientas del Convenio Marco de la OMS para el Control del tabaco ?
¿Que puede ser mas importante o valer mas que la vida de los seres humanos?
AHORA RESULTA QUE SIENDO UN PAIS DE LOS MAS ATRASADOS EN LA LUCHA ANTITABACO, SE QUERIAN REVERSAR LOS ESCASOS LOGROS, MENOS MAL NO OCURRIO ASI.
DEBEMOS ESTAR ATENTOS A QUE SE CUMPLA CON EL CONVENIO DE LA OIT.
¡Carlos Grisales Rojas MD. MSO.
Veedor Delegado para el SGRP.
Veeduría Ciudadana para el SGSSI. PROSESO (pro-Seguridad Social)
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